
Ley 21.801: cómo se regularán los celulares en colegios
El 11 de febrero se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.801, una modificación a la Ley General de Educación que regula el uso de dispositivos móviles electrónicos —como teléfonos celulares— al interior de los establecimientos educacionales en Chile.
La normativa comenzará a aplicarse desde el inicio del año escolar 2026 y afecta a niveles de educación parvularia, básica y media, con una prohibición general y una serie de excepciones definidas por la propia ley.
Alcance y contenido de la norma
La Ley 21.801 define como dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal a aquellos que permiten realizar telecomunicaciones, acceder a internet e interactuar con contenidos digitales.
Uno de los cambios centrales es la incorporación del concepto de “Educación Digital” en la Ley General de Educación, estableciendo que el sistema educativo deberá promover el uso responsable y seguro de contenidos digitales y tecnologías durante el proceso formativo.
Además, la norma busca fomentar la interacción social, el juego y el encuentro comunitario, especialmente durante los recreos.
Prohibición general y excepciones
El artículo 10 bis establece la prohibición del uso de celulares en establecimientos que impartan educación parvularia, básica y media. En educación parvularia —incluyendo niveles de transición como prekínder y kínder— la prohibición es sin excepción.
En básica y media, en cambio, la ley contempla situaciones específicas en que sí se permite su uso.
Entre las excepciones se encuentran:
- Necesidades educativas especiales donde el dispositivo sea una ayuda técnica para el aprendizaje (con certificación profesional).
- Enfermedades o condiciones de salud que requieran monitoreo mediante dispositivos móviles (acreditadas con certificado médico).
- Uso pedagógico cuando la actividad curricular o extracurricular lo requiera.
- Situaciones de emergencia, desastre o catástrofe.
- Solicitudes fundadas y temporales del apoderado por razones de seguridad personal o familiar.
Implementación en los establecimientos

La ley establece reglas generales, pero cada establecimiento deberá adecuar su aplicación a su propio contexto. Para ello, los colegios tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar sus Reglamentos Internos de Convivencia (RICE), siguiendo las instrucciones de la Superintendencia de Educación.
En esos reglamentos deberán definirse los procedimientos concretos: cómo se materializa la prohibición, qué ocurre ante incumplimientos, cómo se resguardan los dispositivos y cuáles serán las consecuencias.
El Ministerio de Educación indicó que la prohibición se aplicará especialmente durante actividades curriculares dentro de la sala de clases y que se extenderá a todos los integrantes de la comunidad educativa, salvo en los casos excepcionales previstos.
Campaña informativa y fiscalización
Como parte de la implementación, el Ministerio de Educación lanzó la campaña “Modo Aula”, destinada a orientar a las comunidades educativas sobre la aplicación de la normativa y promover un uso responsable y gradual de la tecnología según la edad y desarrollo de los estudiantes.

La ley también contempla una campaña de difusión elaborada por el Ministerio de Educación en coordinación con otras carteras, enfocada en prevenir riesgos asociados al uso inadecuado de dispositivos móviles.
Fiscalización y criterios
La fiscalización se realizará en función de lo que cada establecimiento haya definido en su reglamento interno. Según lo informado por el Ministerio de Educación, las medidas frente a eventuales incumplimientos deberán estar alineadas con el enfoque formativo de la normativa.
En el caso de docentes, la ley no establece una prohibición absoluta, ya que permite el uso de dispositivos cuando sean útiles para la actividad curricular.
Aspectos pendientes y dudas
Aunque la norma fija el marco general, persisten interrogantes sobre su aplicación práctica. Parte de las dudas se relacionan con la forma concreta en que cada colegio implementará la prohibición, los protocolos ante situaciones no previstas y los criterios que utilizará la Superintendencia de Educación al fiscalizar.
La ley delega en los establecimientos la definición operativa, lo que podría generar diferencias entre comunidades educativas en la manera en que se controle y gestione el uso de celulares.
Con la entrada en vigencia en 2026, la Ley 21.801 introduce un nuevo marco para el uso de celulares en los colegios chilenos, combinando una prohibición general con excepciones reguladas. La aplicación práctica dependerá, en gran medida, de cómo cada establecimiento adapte la norma a su reglamento interno.



